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TRAICION A LA PATRIA

 Puede ser una imagen de 2 personas y barba

Pues con la novedad de que ya tenemos PRESIDENTE ELECTO en la persona de CLAUDIA SHEINBAUM PARDO.

La pregunta que se hace el pueblo es que pasó con las demandas que se presentaron –supuestamente- denunciando gravísimas irregularidades cometidas por el  INE o quien haya sido alterando los resultados  de casillas en donde supuestamente se le sumaban votos inverosímiles  en favor de la candidata de Morena Claudia Sheinbaum y según los denunciantes habían participado especialistas en tranzas electorales cubanos, o sea, otra nación intervino en las elecciones nacionales y el gobierno lo permitió.

Supuestamente ese es un acto indebido contemplado en el artículo 123 del Código Penal Federal: Artículo 123. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/08/2024

Se impondrá la pena de prisión de cinco a cuarenta años y multa hasta de cincuenta mil pesos al mexicano que cometa traición a la patria en alguna de las formas siguientes:

 

I.- Realice actos contra la independencia, soberanía o integridad de la Nación Mexicana con la finalidad de someterla a persona, grupo o gobierno extranjero;

 

II.- Tome parte en actos de hostilidad en contra de la Nación, mediante acciones bélicas a las órdenes de un Estado extranjero o coopere con éste en alguna forma que pueda perjudicar a México.

 

Cuando los nacionales sirvan como tropa, se impondrá pena de prisión de uno a nueve años y multa hasta de diez mil pesos;

 

Se considerará en el supuesto previsto en el primer párrafo de esta fracción, al que prive ilegalmente de su libertad a una persona en el territorio nacional para entregarla a las autoridades de otro país o trasladarla fuera de México con tal propósito.

 

III.- Forme parte de grupos armados dirigidos o asesorados por extranjeros; organizados dentro o fuera del país, cuando tengan por finalidad atentar contra la independencia de la República, su soberanía, su libertad o su integridad territorial o invadir el territorio nacional, aun cuando no exista declaración de guerra;

 

IV.- Destruya o quite dolosamente las señales que marcan los límites del territorio nacional, o haga que se confundan, siempre que ello origine conflicto a la República, o ésta se halle en estado de guerra;

 

V.- Reclute gente para hacer la guerra a México, con la ayuda o bajo la protección de un gobierno extranjero;

 

VI.- Tenga, en tiempos de paz o de guerra, relación o inteligencia con persona, grupo o gobierno extranjeros o le dé instrucciones, información o consejos, con objeto de guiar a una posible invasión del territorio nacional o de alterar la paz interior;

 

VII.- Proporcione dolosamente y sin autorización, en tiempos de paz o de guerra, a persona, grupo o gobierno extranjeros, documentos, instrucciones o datos de establecimientos o de posibles actividades militares;

 

VIII.- Oculte o auxilie a quien cometa actos de espionaje, sabiendo que los realiza;

 

IX.- Proporcione a un Estado extranjero o a grupos armados dirigidos por extranjeros, los elementos humanos o materiales para invadir el territorio nacional, o facilite su entrada a puestos militares o le entregue o haga entregar unidades de combate o almacenes de boca o guerra o impida que las tropas mexicanas reciban estos auxilios;

 

X.- Solicite la intervención o el establecimiento de un protectorado de un Estado extranjero o solicite que aquel haga la guerra a México; si no se realiza lo solicitado, la prisión será de cuatro a ocho años y multa hasta de diez mil pesos;

 

XI.-Invite a individuos de otro Estado para que hagan armas contra México o invadan el territorio nacional, sea cual fuere el motivo que se tome; si no se realiza cualquiera de estos hechos, se aplicará la pena de cuatro a ocho años de prisión y multa hasta de diez mil pesos;

 

XII.- Trate de enajenar o gravar el territorio nacional o contribuya a su desmembración;

 

XIII.- Reciba cualquier beneficio, o acepte promesa de recibirlo, con el fin de realizar alguno de los actos señalados en este artículo;

 

XIV.- Acepte del invasor un empleo, cargo o comisión y dicte, acuerde o vote providencias encaminadas a afirmar al gobierno intruso y debilitar al nacional; y

 

XV.- Cometa, declarada la guerra o rotas las hostilidades, sedición, motín, rebelión, terrorismo, sabotaje o conspiración.

De manera que quienes se oponen al gobierno en turno y por ende a la candidata de morena, daban por seguro que el INE anularía la elección pasada, y Claudia Sheinbaum Pardo no sería PRESIDENTE DE MÉXICO ELECTA como ya se publicitó que lo es en estos momentos.

Hoy todas las voces de la oposición parecen estar mudas  y al parecer AMLO ya puede decir tranquilo este arroz ya se coció.

La PRENSA desde hace tiempo ha guardado silencio y dio por buenos los resultados que varios medios de comunicación dijeron que al pueblo de México le habían hecho chanchullos y esperaban hacer algunas cosas que hicieran intervenir  a Tribunales Internacionales pero por lo visto eso ya no sucederá y se ha aceptado el resultado supuestamente fraudulento y AMLO se anda despidiendo como los toreros llevando a su lado a su relevo y la ahora Presidente Electo lo sigue como si fuera subordinada de él.

Ya hasta MARCELO EBRARD que apareció como el rival más importante de Claudia, dijo que era un honor apoyar a la Presidenta Electa – así dijo_ cuándo lo correcto según LA CONSTITUCION POLITICA DE MEXICO  Capítulo III Del Poder Ejecutivo, ES:

Artículo 80. Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo, que se denominará "Presidente de los Estados Unidos Mexicanos."

Artículo original DOF 05-02-1917

Artículo 81. La elección del presidente será directa y en los términos que disponga la ley electoral. El cargo de presidente de los Estados Unidos Mexicanos puede ser revocado en los términos establecidos en esta Constitución. Artículo reformado DOF 20-12-2.

Claudia ya pidió que le digan Presidenta y las chamacas del presente y el futuro ya no serán ESTUDIANTES, serán ESTUDIANTAS, las mujeres que son Contador Público ahora serán CONTADORAS PÚBLICAS, y aquí vemos que tiempos traen tiempos, antes a las MERETRICES SE LES DECIA MUJERES PÚBLICAS, FURCIAS, ZORRAS, ETC. a ver ¿cómo van a querer que se les diga ahora?

Ahora pueblo de México, cabresteas o te ahorcas.

 

Y ahora se habla de que JOAQUIN GUZMAN LOPEZ es un traidor a la Patria fundamentado en el párrafo siguiente del artículo 123 del Código Penal Federal “Se considerará en el supuesto previsto en el primer párrafo de esta fracción, al que prive ilegalmente de su libertad a una persona en el territorio nacional para entregarla a las autoridades de otro país o trasladarla fuera de México con tal propósito.”

Yo no sé si este párrafo lo acaban de incluir en la última actualización de fecha  14/08/2024 o ya estaba desde hace mucho tiempo; pero, sea como sea, los gringos no van a soltar ni al Mayo ni al chapito hasta que ellos les saquen la información que desean, que es complementaria de la que tienen en sus viejos  expedientes de la CIA, FBI, DEA y otras oficinas, ya que los gringos tienen espías por todo el mundo infiltrados incluso en los gobiernos, recordemos que Gustavo Díaz Ordaz, Luis Echeverría, Fernando Gutiérrez Barrios y muchos más aparecían como colaboradores de la CIA antes de ser presidentes de México  los dos primeros y el ultimo Secretario de Gobernación y Gobernador de Veracruz.

Así que ahora mismo los periodistas expertos en asuntos de la delincuencia hablan de diversos personajes que no duermen porque tienen miedo a lo que vayan a decir los miembros del Cartel de Sinaloa y si usted no ha leído el último libro de ANABEL HERNANDEZ léalo ya que allí vienen muchos nombres de gente amiga del Mayo y los Guzmán, que fueron financiados por ellos para llegar al puesto que ocupan u ocuparon en otros tiempos. La obra se llama LA HISTORIA SECRETA. AMLO Y EL CÁRTEL DE SINALOA.

Ahora de seguro van a querer los amigos del Mayo que EE UU se los devuelva como hicieron con el Gral. Salvador Cienfuegos Zepeda; esta vez se supone que nadie tiene compromisos con los narcotraficantes y como dicen los rancheros: gavilán que agarra y suelta no es gavilán.

Mientras tanto la FGR ya soltó información relativa al asesinato de HECTOR MELESIO CUEN OJEDA y en ella deja muy mal parada a la Fiscalia de Sinaloa

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