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Impugnan en la Corte la ley de seguridad; primera inconformidad

Impugnan en la Corte la ley de seguridad; primera inconformidad

El municipio de San Pedro Cholula, Puebla, argumenta la violación de tres preceptos, entre ellos el de su autonomía para decidir acciones en esa materia

13/01/2018 05:51  RAÚL FLORES MARTÍNEZ
 
 
  
 

Foto: Especial

 
 
 

La primera controversia constitucional en contra de la Ley de Seguridad Interior (LSI) fue presentada, a menos de nueve días de que venza el plazo legal para hacerlo.

Fue el municipio de San Pedro Cholula, Puebla, el que se inconformó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con el contenido de dicha legislación, promulgada el pasado 21 de diciembre por el presidente Enrique Peña Nieto.

Ignacio Molina, secretario general de gobierno de ese municipio, argumentó la violación a tres criterios básicos:

El de la Constitución federal que otorga a los municipios las facultades para decidir sobre seguridad pública; el que prohíbe al Presidente de México emitir una declaratoria para la intervención de las Fuerzas Armadas en los municipios sin mediación del ayuntamiento, y que las Fuerzas Armadas no pueden desempeñar funciones de seguridad pública, como dicta la Constitución. 

Jorge Mario Pardo, ministro instructor de la SCJN, será quien examine y determine si la controversia constitucional procede y se continúa el trámite o se desecha de plano.

 

CHOLULA IMPUGNA LEY DE SEGURIDAD INTERIOR

 

Faltan siete días para que venza el plazo; la Corte aceptó la primera controversia

 

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó la primera impugnación contra la Ley de Seguridad Interior (LSI) a menos de siete días de que venza el plazo legal.

Ignacio Molina, secretario general del gobierno municipal de San Pedro Cholula, Puebla, promovió la controversia por la violación a la Ley de Autonomía Municipal

con las diversas disposiciones que tiene la ley que protege a los integrantes de las Fuerzas Armadas.

 

De acuerdo con el documento enviado (que recibió el pasado 5 de enero el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo), dicha ley viola tres criterios básicos:

 

El de la Constitución federal que otorga a los municipios las facultades para decidir sobre seguridad pública.

 

El que prohíbe al Presidente de México emitir una declaratoria para la intervención de las Fuerzas Armadas en los municipios sin mediación del ayuntamiento.

A los criterios se añade que las fuerzas armadas del país, no pueden desempeñar funciones de seguridad pública, como dicta la Constitución.

 

Con estos argumentos, el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Luis María Aguilar Morales, ayer ordenó formar y registrar el expediente de la controversia constitucional 4/2018.

 

ALISTAN CONTROVERSIA

 

Algunos órganos defensores de derechos humanos, como la Comisión Nacional de Derechos Humanos, afinan detalles con sus constitucionalistas para interponer, a más tardar la próxima semana, otra controversia constitucional contra la Ley de Seguridad Interior.

 

Fuentes de este organismo autónomo refieren que se está dando la última lectura del documento que ingresará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación con los argumentos

sobre los artículos de la Constitución que se violan con esta ley.

 

Cabe destacar que el 20 de enero termina el plazo de 30 días naturales para que sea impugnada la ley que fue promulgada por el presidente Enrique Peña Nieto y publicada

en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de diciembre.

 

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