EL ACOMODO DE CAMPESINOS DESPLAZADOS POR LA PRESA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA.
TOMADO DE :
“Del Mahone a la Batequis, de la sierra al valle. La apropiación del territorio por campesinos desplazados."
Mtro. Jesús López Estrada
1.-El Mahone, municipio de El Fuerte, ejido dotado por Resolución Presidencial (RP) del 21 de septiembre de 1938 con 5,792-20 has, de las que 2,618 eran de temporal y 3,624-20 de agostadero, para 270 ejidatarios. Le fueron expropiados terrenos ejidales por una superficie de 2,985 has, siendo: 717-18 has de temporal y 2,267.82 has de agostadero a favor de la SRH, para la construcción de la presa MHC. El departamento agrario para compensar al ejido afectado por la expropiación de una parte de sus tierras, incorporará a los 216 campesinos afectados en sus parcelas al ejido “Las Vacas”, asignándoles una parcela de 10 has (RPA de campesinos del Mahone del 28 de febrero de 1955).
2.- San Felipe, municipio de El Fuerte, ejido dotado por RP del 21 de septiembre de 1938 con 2-608-90 has, de las cuales 824 eran de temporal y 1784 de agostadero y monte, para 102 ejidatarios. Le fueron expropiados terrenos ejidales por una superficie de 206-20 has, siendo: 61-98 has de temporal y 144-62 has de agostadero a favor de la SRH, para la construcción de la presa MHC. El departamento agrario para compensar al ejido afectado por la expropiación de una parte de sus tierras, incorporará a los 55 campesinos afectados en sus parcelas al ejido “Las Vacas”, asignándoles una parcela de 10 has (RPA de campesinos de San Felipe del 28 de febrero de 1955).
3.- Gipago y Peñasco, municipio de El Fuerte, ejido dotado por RP de fecha 21 de septiembre de 1938 con 4-106-40 has, de las cuales 640 eran de temporal y 3466-40 de agostadero cerril, para 79 ejidatarios. Le fueron expropiados terrenos ejidales por una superficie de 196 has, siendo: 19-60 has de temporal y 176-40 has de agostadero cerril a favor de la SRH, para la construcción de la presa MHC. El departamento agrario para compensar al ejido afectado por la expropiación de una parte de sus tierras, incorporará a los 15 campesinos afectados en sus parcelas al ejido “Las Vacas”, asignándoles una parcela de 10 has (RPA de campesinos de Gipago y Peñasco del 28 de febrero de 1955).
4.- Rincón de Sinaloita, municipio de El Fuerte, ejido dotado por RP del 21 de septiembre de 1938 con 1,888-80 has, de las cuales 496 eran de temporal y 1392-80 de agostadero cerril, para 61 ejidatarios. Le fueron expropiados terrenos ejidales por una superficie de 255 has, siendo: 51 has de temporal y 204 has de agostadero cerril a favor de la SRH, para la construcción de la presa MHC. El departamento agrario para compensar al ejido afectado por la expropiación de una parte de sus tierras, incorporará a los 48 campesinos afectados en sus parcelas al ejido “Las Vacas”, asignándoles una parcela de 10 has (RPA de campesinos de Rincón de Sinaloita del 28 de febrero de 1955).
5.- Los Mezcales, municipio de El Fuerte, este ejido había sido dotado por RP del 21 de septiembre de 1938 con 1,143-80 has, de las cuales 552 eran de temporal y 591-80 de agostadero y monte, para 63 ejidatarios. Le fueron expropiados terrenos ejidales por una superficie de 586 has, siendo: 327-16 has de temporal y 258-84 has de agostadero cerril a favor de la SRH, para la construcción de la presa MHC. El departamento agrario para compensar al ejido afectado por la expropiación de una parte de sus tierras, incorporará a los 50 campesinos afectados en sus parcelas al ejido “Las Vacas”, asignándoles una parcela de 10 has (RPA de campesinos de Los Mezcales del 28 de febrero de 1955).
6.- El Pajarito, municipio de Choix, este ejido había sido dotado por RP del 7 de septiembre de 1938 con 1,667-50 has, de las cuales 504 eran de temporal y 1163-50 de agostadero y monte, para 62 ejidatarios. Le fueron expropiados terrenos ejidales por una superficie de 587 has, siendo: 176-28 has de temporal y 411-32 has de agostadero y monte a favor de la SRH, para la construcción de la presa MHC. El departamento agrario para compensar al ejido afectado por la expropiación de una parte de sus tierras, incorporará a los 67 campesinos afectados en sus parcelas al ejido “Las Vacas”, asignándoles una parcela de 10 has (RPA de campesinos de El Pajarito del 28 de febrero de 1955).
7.- Baca, municipio de Choix, ejido dotado por RP del 23 de diciembre de 1954 con 5,204 has, de las cuales 1,624 eran de temporal y 3,580 de agostadero y monte, para 202 ejidatarios. Le fueron expropiados terrenos ejidales por una superficie de 369 has, siendo: 110-70 has de temporal y 258-30 has de agostadero y monte a favor de la SRH, para la construcción de la presa MHC. El departamento agrario para compensar al ejido afectado por la expropiación de una parte de sus tierras, incorporará a cada uno de los 14 campesinos afectados en sus parcelas al ejido “Las Vacas”, asignándoles una parcela de 10 has (RPA de campesinos de Baca del 28 de febrero de 1955).
8.- Caballihuasa, municipio de Choix, ejido dotado por RP del 20 de abril de 1938 con 728 has, de las cuales 328 eran de temporal y 400 de agostadero y monte, para 40 ejidatarios, mas la parcela escolar. Le fueron expropiados terrenos ejidales por una superficie de 176 has de temporal a favor de la SRH, para la construcción de la presa MHC. El departamento agrario para compensar al ejido afectado por la expropiación de una parte de sus tierras, incorporará a los 49 campesinos afectados en sus parcelas al ejido “Las Vacas”, asignándoles una parcela de 10 has y un solar en la nueva zona de urbanización que legalmente se acaba de constituir en dicho ejido con la denominación de “General Juan José Ríos” (RPA de campesinos de Caballihuasa del 28 de febrero de 1955).
9.- Toro, municipio de Choix, ejido dotado por RP del 9 de julio de 1934 con 624 has, de las cuales 360 eran de temporal y 264 de agostadero y monte, para 44 ejidatarios. Por RP del 6 de octubre de 1954 se le concedió ampliación por 1,421-76 has, de las cuales 1,201-76 son de agostadero y 226 de temporal para 102 capacitados. Le fueron expropiados terrenos ejidales por una superficie de 636-80 has de temporal a favor de la SRH, para la construcción de la presa MHC. El departamento agrario para compensar al ejido afectado por la expropiación de una parte de sus tierras, incorporará a los 57 campesinos afectados en sus parcelas al ejido “Las Vacas”, asignándoles una parcela de 10 has (RPA de campesinos de Toro del 28 de febrero de 1955).
10.- Picachos, municipio de Choix, ejido dotado por RP del 23 de noviembre de 1949 con 3441 has, de las cuales 252 eran de temporal y 336 de monte susceptible de cultivarse en un 50%, y 2,453 has de agostadero, para 98 ejidatarios. Le fueron expropiados terrenos ejidales por una superficie de 304 has de las cuales 45-60 son de temporal y 258-40 de agostadero a favor de la SRH, para la construcción de la presa MHC. El departamento agrario para compensar al ejido afectado por la expropiación de una parte de sus tierras, incorporará a los 36 campesinos afectados en sus parcelas al ejido “Las Vacas”, asignándoles una parcela de 10 has (RPA de campesinos de Picachos del 28 de febrero de 1955).
11.- El Sauz, municipio de Choix, ejido dotado por RP del 23 de diciembre de 1954 con 2,237 has, de las cuales 624 eran de temporal, 1,593-68 de agostadero y monte, y 21-20 de zona urbana para 77 ejidatarios, mas la parcela escolar. Le fueron expropiados terrenos ejidales por una superficie de 30 has de temporal a favor de la SRH, para la construcción de la presa MHC. El departamento agrario para compensar al ejido afectado por la expropiación de una parte de sus tierras, incorporará a los 3 campesinos afectados en sus parcelas al ejido “Las Vacas”, asignándole a cada uno de ellos una parcela de 10 has (RPA de campesinos de El Sauz del 28 de febrero de 1955).
En las respectivas RPA, de los 637 campesinos desalojados de los 11 ejidos, que serian inundados por las aguas del río Fuerte al cerrarse la cortina de la presa MHC, se contempló indemnizarlos con un solar en el ejido Las Vacas. Además, ya que algunos campesinos de los 64 ejidatarios dotados originalmente, residían en tierras del ejido, en lo que se denomina “Las Vacas viejo”. Sin embargo, agrupar a 1375 ejidatarios con sus respectivas familias, requirió de otra RP, para en 500 has, adjudicar a cada ejidatario un solar de 1,600 metros cuadrados; incluyendo en esa superficie las calles, los servicios públicos como escuelas primarias, secundaria, mercados, campos deportivos, jardines, servicios médicos, hospital, panteón, auditorios, almacenes, oficinas federales, estatales y municipales y del comisariado ejidal. La ubicación que se consideró más adecuada para la zona urbana, esta limitada: al norte, por la zona de protección de la carretera internacional de Guadalajara a Nogales; al oriente y sur por un lindero natural que constituye un “dren” del sistema de riego; y, al poniente, por terrenos ejidales, a dicha zona urbana se le denomina ”General Juan José Ríos” (RP de Urbanización del poblado “General Juan José Ríos” 21 de febrero de 1955).