Viernes, Enero 31, 2025
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¿No que la Constitución se debe aplicar literal?

Bitácora del director

Pascal Beltrán del Río

 

Pascal Beltrán del Río

 

 

Ya no entendí.

A lo largo de diferentes discusiones públicas en la segunda mitad del año pasado –sobre la asignación de diputaciones plurinominales, la prisión preventiva oficiosa y la Reforma Judicial–, el oficialismo alegó de forma vehemente que la Constitución no debía interpretarse, sino aplicarse textualmente.

Pese a que distintos expertos pusieron muchos ejemplos de cómo el Poder Judicial Federal ha interpretado la Carta Magna, Morena y sus aliados colocaron una frase en un par de artículos donde esa práctica ha quedado prohibida.

“Para la interpretación y aplicación de este Decreto, los órganos del Estado y toda autoridad jurisdiccional deberán atenerse a su literalidad y no habrá lugar a interpretaciones análogas o extensivas que pretendan inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial”, dice el transitorio décimo primero de la Reforma Judicial. Idéntico texto se agregó al artículo 19 constitucional, al final del párrafo que contiene el catálogo de delitos por los que el juez debe dictar la prisión preventiva oficiosa.

En agosto pasado, antes de que el Instituto Nacional Electoral hiciera el reparto de las diputaciones plurinominales, la entonces secretaria de Gobernación y actual dirigente de Morena, Luisa María Alcalde, acudió a la conferencia mañanera del presidente Andrés Manuel López Obrador, para decir –sin que formara parte de sus facultades– cuántas curules de representación proporcional correspondían a cada partido y a defender una aplicación “textual” del artículo 54 constitucional. Tanto el INE como el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estuvieron de acuerdo con ese criterio.

Sin embargo, en la fase final del proceso de designación de candidatos para la elección de juzgadores del 1 de junio –corazón de la Reforma Judicial– el oficialismo ha dado vuelta en U y puesto en marcha una interpretación de la Constitución, cosa en la que ha contado con el apoyo del TEPFJ (o, mejor dicho, de los tres magistrados de la Sala Superior que siempre le dan la razón). Hay quien sostiene que la Carta Magna se está violando.

Luego de que el Comité de Evaluación del Poder Judicial –uno de los tres encargados de seleccionar a los candidatos a jueces, ministros y magistrados– suspendió sus actividades, porque así se lo ordenaron dos jueces de distrito, el TEPJF le dio la instrucción contraria. El Comité alegó que, al haber recibido mandamientos contradictorios entre sí, la Suprema Corte tendría que resolver qué procedía. 

En eso, el Tribunal Electoral volvió a actuar y determinó que, por la premura que imponía el calendario establecido por la reforma y para no violar los derechos de quienes se habían inscrito ante el Comité de Evaluación del Poder Judicial, las tareas de éste debían ser concluidas por la Mesa Directiva del Senado de la República mediante sorteo.

Ésta primero anunció que la tómbola se llevaría a cabo el viernes 31, pero de última hora cambió la decisión para hoy, a fin de evitar cualquier contratiempo y no correr el riesgo de no ajustarse al calendario. Ayer, el presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña, dio a conocer que se llevarán a cabo cinco insaculaciones entre los aspirantes que se inscribieron ante el Comité del Poder Judicial.

El problema es que varios de los pasos mencionados arriba no se apegan al texto constitucional. Por ejemplo, el artículo 96, en su fracción III, dice que “los Poderes que no remitan sus postulaciones al término del plazo previsto en la convocatoria no podrán hacerlo posteriormente”. Y como los integrantes de su comité ya renunciaron, dicho Poder no podrá concluir sus tareas. En todo caso, la solución que ideó el oficialismo no está contemplada en la Carta Magna.

Además, en ninguna parte de la reforma se prevé que el Tribunal Electoral pueda ordenar al Senado que releve en sus tareas a alguno de los tres comités, ni tampoco otro escenario, en caso de incumplimiento, que el arriba referido.

El oficialismo ha terminado por tragarse sus palabras, pues, ahora resulta, la Constitución sí se interpreta, no se aplica literalmente.