Lunes, Noviembre 25, 2024
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Defendamos la Constitución

 

 

 

Ruth Zavaleta Salgado

Ruth Zavaleta Salgado

Zurda

 

 

En víspera de la conmemoración del aniversario de la Constitución Mexicana y de cumplirse el plazo del amago que hizo el presidente López Obrador de presentar una nueva reforma al Poder Judicial, ahora sí, a su modo (en esta administración ya hubo una reforma judicial), los diputados de su partido han anunciado que realizarán una petición para someter a juicio político al ministro Alberto Pérez Dayán por haber votado a favor de la declaración de inconstitucionalidad de la reforma de la Ley de la Industria Eléctrica aprobada por la mayoría morenista y sus aliados en 2021.

Al respecto, cabe recordarles a los legisladores que, el artículo 128 de la Constitución establece que todos los funcionarios, antes de tomar posesión de su encargo, prestan guardar la Constitución y las leyes. En el caso del Poder Judicial, el mandato se encuentra muy preciso en el artículo 97 que establece que cada ministro realiza la protesta ante los senadores, comprometiéndose desempeñar leal y patrióticamente el cargo y guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen “mirando en todo por el bien y prosperidad de la unión”.

Por ello resulta absurdo pretender someter a juicio político al ministro por cumplir con el mandato constitucional al que también los legisladores están obligados. No se sabe si el origen de tal desatino es motivado por el desconocimiento de las funciones constitucionales (por ejemplo, artículo 105) que deben cumplir los ministros, o por demagogia política. Me inclino a pensar que es lo segundo. Es decir,  por la “temporada electoral”, los legisladores le siguen la corriente al Presidente, quien, al no lograr someter al Poder Judicial, ha emprendido una estrategia de descalificación permanente en contra de sus integrantes, incluso, antes de que fuera nombrada como presidenta la ministra Norma Piña.

Además, antes de la amenaza de los legisladores en contra del ministro Pérez Dayán, el gobierno federal también solicitó que se inicie el proceso de juicio político en contra del juez de Tamaulipas, Crescencio Contreras, sin haber cumplido con el procedimiento que marca la norma, es decir, sin haber recurrido al Consejo de la Judicatura o haber iniciado algún proceso penal en la FGR. De esta forma, sin el proceso adecuado, el caso se politiza y se utiliza mediáticamente para seguir socavando la legitimidad del Poder Judicial. Al respecto vale la pena mencionar que en México nunca se ha logrado concluir el proceso de juicio político en contra de ningún funcionario público de los mencionados en el artículo 110 de la Constitución, porque, aunque en la Cámara de Diputados, que es la Cámara de origen para iniciar el proceso (artículo 74), sólo se requiere mayoría absoluta, en la del Senado es mayoría calificada.

No obstante, el daño al Poder Judicial está hecho, porque se construye una narrativa para descalificar la credibilidad de sus actos, y con ello, lograr generar un ambiente a favor de la reforma judicial presidencial, que pretende acabar con la independencia del poder judicial mediante la elección popular y directa de las y los ministros, y con ello anteponer intereses políticos por encima de la Constitución.

Cabe mencionar que el principio de la independencia del Poder Judicial, durante varias décadas, fue trastocado por el “poder metaconstitucional” (Jorge Carpizo) del Presidente, toda vez que, él decidía quiénes conformaban el Senado y éstos le aprobaban los nombramientos de ministros que él enviaba. Además, el periodo de los ministros de la Corte coincidía con el periodo presidencial. ¿En qué derivaba este formato? en la dependencia total del Poder Judicial.

¿Qué pasará con la elección popular de los ministros? Pasará lo mismo, dependerán del apoyo de aquel partido que tenga la preferencia electoral mayoritaria y perderán su independencia, y con independencia me refiero a su autonomía estructural (financiera y administrativa), independencia externa (sin presiones de los poderes fácticos), y su independencia interna, es decir, la SCJN no podrá ser garante de la Constitución porque se encontrará subordinada a los intereses del poder político. Por estas razones, digamos no a la pérdida de independencia del Poder Judicial: defendamos la Constitución.